Los regímenes tributarios son un conjunto de leyes, reglas y normas que se encargan de regular la tributación de las actividades económicas, de acuerdo con lo indicado por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS).
No obstante, la entidad indica que los contribuyentes que deben tener uno de estos, son solo los siguientes:
- Quienes posean actividades económicas en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Contribuyentes con actividades en la Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pero que tributan en Primera Categoría (Sociedad de Profesionales).
Tipos de regímenes tributarios
Existen cinco tipos de regímenes tributarios, los cuales son los siguientes según el Servicio de Impuestos Internos (SII):
1.- Pro Pyme General
Enfocado en los micro, pequeños y medianos contribuyentes (Pyme) que determinan su resultado tributario en base a ingresos percibidos y gastos pagados, “estando obligados a llevar contabilidad completa con la posibilidad de optar a una simplificada”.
Además, están afectos al Impuesto de Primera Categoría con tasa del 25% y “sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación total del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales”.
Requisitos
- El promedio de los ingresos brutos en los últimos tres años no puede exceder de 75.000 UF, solo puede hacerlo una vez, pero no superando las 85.000 UF.
- Al momento del inicio de actividades el capital efectivo no debe exceder de 85.000 UF.
- Tiene tope de 35% del ingreso de ciertas rentas, como contratos de cuentas en participación, acciones o cuotas de fondos de inversión, entre otras.
2.- Pro Pyme Transparente
Dirigido a Pymes con propietarios que sean contribuyentes de impuestos finales, en donde se determina su resultado tributario “en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando liberada de llevar contabilidad completa”.
Por ende, la empresa queda liberada del Impuesto de Primera Categoría, por lo que los propietarios deberán tributar con sus impuestos finales basándose en el resultado tributario determinado por la compañía el mismo año que se genere.
Requisitos
- Los propietarios deben ser personas naturales con o sin domicilio o residencia en Chile, o personas jurídicas sin domicilio ni residencia en Chile, por ende, contribuyentes de impuestos finales.
- Las empresas deben informar al SII que quieren acogerse a este régimen, según éste instruya mediante resolución.
3.- Régimen General (semi integrado)
Este está dirigido a todos los contribuyentes que no sean clasificados como Pyme, se determina “su renta líquida imponible según las normas generales contenidas en los artículos 29 al 33 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, estando obligados a llevar contabilidad completa”.
Además, estás empresas se afectan con el Impuesto de Primera Categoría con tasa del 27% y no existen requisitos para acogerse a este régimen.
4.- Renta Presunta
Dirigido a los contribuyentes que desarrollan actividades agrícolas, de transporte y minería, aunque solo si sus ingresos no superan los límites establecidos por ley.
Requisitos
El capital debe cumplir con:
- Agrícola: máximo 18.000 UF.
- Minería: máximo 34.000 UF.
- Transporte: máximo 10.000 UF.
5.- Contribuyentes no afectos al artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
Este aplica para los contribuyentes que deben llevar contabilidad completa y donde sus propietarios no se encuentren gravados con impuestos finales.
¿Cómo elegir un régimen tributario?
Para elegir un régimen tributario, las personas deben ingresar a esta página del SII, en donde se les solicitará el RUT y clave tributaria, sino también se puede acceder con la Clave Única.
Una vez dentro, los contribuyentes deberán acogerse a una de las opciones mencionadas. Además, en el mismo sitio, aparecerá más información sobre cada uno de los tipos descritos para que así el usuario pueda tomar la elección que más le conviene.