En Chile, todas las personas que trabajan de manera formal deben realizar una cotización obligatoria del 10%, proceso que se debe realizar mediante una administradora de fondos de pensiones (AFP), conforme con lo indicado por la Subsecretaría de Previsión Social.
De esta manera, los trabajadores tendrán que llevar a cabo depósitos periódicos a sus cuentas personales para que así puedan acumular recursos cuando se jubilen.
Los fondos de pensiones están conformados por el dinero que las personas depositan en sus cuentas de capitalización individual para la pensión de vejez.
Estos, de acuerdo con lo indicado por la Comisión para el Mercado Financiero, son recaudados y administrados por las AFP.
Además, la entidad indica que “el valor de cada uno de los Fondos de Pensiones se expresará en cuotas”, las cuales serán de igual monto, características e inembargables.
Según la Superintendencia de Pensiones, las AFP tienen que invertir los recursos que reciben para así obtener retornos, lo que aumentará los ahorros que las personas van acumulando para su pensión.
Si bien, existen diferentes tipos de fondos, las AFP deben cobrar lo mismo a cada uno de sus afiliados, ya que la comisión que se cobra por administrar los recursos es un porcentaje del ingreso imponible de los individuos, por lo que no dependerá del dinero acumulado en su cuenta obligatoria, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Pensiones.
No obstante, la entidad señala que, en el caso de las cuentas de cotizaciones voluntarias, depósitos convenidos, ahorro previsional voluntario y ahorro voluntario, la comisión variará del saldo acumulado.
Los diferentes tipos de fondos de pensiones se diferencian, según la Superintendencia de Pensiones, “por la proporción de sus recursos invertidos en títulos financieros de renta variable, los cuales se caracterizan por tener un mayor riesgo y una mayor rentabilidad esperada”.
Por ende, el Fondo A es el más riesgoso y así va disminuyendo de manera progresiva en las demás categorías. No obstante, la entidad indica que existen límites de inversión máximos y mínimos en instrumentos de renta variable, los cuales son los siguientes:
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